(Reporte especial de Robert Alvarado).- Con ponencia del magistrado presidente de la Sala uno de la Corte apelaciones penal y presidente del Circuito penal del Estado Barinas José Luis Cárdenas Quintero, ante una recusación que conoció, esta sala un evidente desorden procesal en el asunto principal EP03-P-2022-001897, se le ordenó al juez cuarto en funciones de control penal de este circuito, el restablecimiento de los derechos vulnerados en el conocido caso del abogado Jameiro Aranguren Piñuela.
Quien así lo declaró ante este medio fue su abogado, Jairo Aranguren, quien dijo que es un reconocimiento a la decisión de Cárdenas Quintero.
El hecho de que aceptara el carácter de apelante que no puede perjudicado con su propia apelación, así como se puede intentar ilegalmente una nueva persecución penal, dado que el titular de la acción penal en nombre del estado venezolano mantiene el criterio institucional del Ministerio Público, Fiscalía 2do del Ministerio Público del circunscripción judicial del estado Barinas, de no tener hecho, que calificar como delito y solicitud de libertad plena.
Que además se han presentado en nombre del estado venezolano, un sobreseimiento por atipicidad y que la parte a su vez presentó oportunamente que en el procedimiento que se adelantó lo hizo a “motus proprio” la juez primera en funciones de control, con unas normas jurídicas despenalizadas por la Sala Constitucional del TSJ, los artículos 222 y 225 del Código Orgánico Penal presunto Ultraje a Funcionario Público y por estos delitos se juzgó infructuosamente a mi defendido, por lo que ratificó a los operadores de este circuito judicial que se restablezca la tutela judicial efectiva y procesa responder oportunamente, las solicitudes de sobreseimiento que cursan en el expediente y que hoy conocen por instrucciones de la Sala (01) de este circuito penal, que hoy conoce por instrucciones de este tribunal colegiado el juez cuarto en funciones de control en el expediente EP03-P-2022-001897, dijo.