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    Fospuca en Ciudad Guayana ha embargado a todas las empresas que no pagan el aseo

    Hasta ahora la empresa Fospuca ha ganado todas las demandas intentadas contra comercios y pequeñas empresas que en Ciudad Guayana no han podido pagar la tarifa del aseo urbano.

    Todas las demandas, por lo menos, las de octubre, noviembre y diciembre de este año han sido por “cobro de bolívares por intimación”. Y las resultas de la acción han sido medidas cautelares de embargos.

    Todas las decisiones de los jueces han sido esas. Y sólo ha intervenido un abogado: Bassan Souki, representante de Fospuca.

    Las empresas afectadas entre octubre y diciembre de 2023, por dicha acción son: Sociedad Mercantil Express Mart Canaima; Sociedad Mercantil Servicauchos El Punto; Sociedad Mercantil Hotel El Reposo; Club Campestre Las Paquitas; Sociedad Mercantil Hotel El Clavel; Sociedad Mercantil Star Motors.

    A casi todas les han sido embargados sus bienes, debido a que todas son deudoras de Fospuca.

    Sí se lee cada una de las decisiones, se aprecia que quienes escribieron las ponencias para sustentar los fallos, tienen un conocimiento amplio de decisiones judiciales nacionales, puesto que los antecedentes utilizados por los tribunales en este caso, el tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar y del tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, son prácticamente los mismos.

    Es más uno tiene la impresión como simple lector de las decisiones que todas las del tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, Tránsito, Marítimo y Aeronáutico son un calco, seguramente porque se usan los mismos casos como antecedentes para sentencias.

    Pero no deja de ser llamativo que no tienen errores ortográficos, algo muy común en los expedientes de los tribunales del Palacio de Justicia del estado Bolívar y que además parecen un formato, por lo menos las decisiones referidas a los casos relacionados con Fospuca.

    A Express Mart Canaima le cobran acreencias por el servicio de gestión, manejo y recolección de desechos sólidos de los meses de noviembre y diciembre de 2022 e igualmente enero hasta julio de 2023, con el IVA de cada uno de esos meses.

    Se expone en el expediente que la deuda de Express Mart Canaima es de TRECE MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CON NUEVE CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 13.272,9), el cual conforma el doble del monto demandado, más el 20% por concepto de costas procesales, esto es la cantidad de MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON VEINTINUEVE CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 1.327,29), cuya sumatoria resulta en la cifra de CATORCE MIL SEISCIENTOS CON DIECINUEVE CENTIMOS DE BOLIVARES ( Bs. 14.600,19); con el entendido que si la medida de embargo recae sobre cantidades liquidas de dinero, será hasta cubrir la cantidad de SIETE MIL NOVESCIENTOS SESENTA Y TRES CON SETENTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 7.963,74), el cual constituye el monto demandado más el 20% por costas procesales conforme al artículo 648 eiusdem.

    En la demanda contra Hotel El Reposo, se especifica en el expediente que la deuda es de DOSCIENTOS DIECISIETE CON CINCUENTA PETROS (PTR 217,50), o su equivalente en BOLÍVARES al día del pago, que a la fecha de presentación de la demanda suma la cantidad de TRESCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRECIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON VEINTISIETE SIETE CÉNTIMOS (BS. 371.344,27) tomando en cuenta el valor del petro al día  publicado por el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA en su página web (bcv.org.ve), la cantidad de MIL SETECIENTOS SIETE BOLÍVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (BS. 1.707,33), más las costas del proceso y honorarios profesionales.

    La deuda del Club Campestre Las Paquitas debe cubrir el doble de la cantidad demandada de CIENTO VEINTICINCO CON SESENTA Y CUATRO PETROS (PTR 125,64), o su equivalente en BOLÍVARES al día del pago, que a la fecha de presentación de esta demanda suma la cantidad de DOSCIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHO BOLÍVARES CON NOVENTA Y CUATRO CENTIMOS (BS. 214.508,94) tomando en cuenta el valor del petro al día publicado por el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA en su página web (bcv.org.ve), la cantidad de MIL SETECIENTOS SIETE BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CÉNTIMOS (BS. 1.707,33), más las costas del proceso y honorarios profesionales.

    La deuda del Hotel El Clavel es hasta cubrir el doble de la cantidad demandada de TRESCIENTOS CUATRO CON CINCUENTA PETROS (PTR 304,50), o su equivalente en BOLÍVARES al día del pago, que a los efectos referenciales equivale en la fecha de presentación de esta demanda la cantidad de SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO BOLÍVARES CON VEINTE CÉNTIMOS (BS. 636.554,20) tomando en cuenta el valor del petro al día publicado por el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA en su página web (bcv.org.ve), la cantidad de DOS MIL NOVENTA BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (BS. 2.090.49), más las costas del proceso y honorarios profesionales.

    A Servicauchos el Punto le exigen el pago de sus acreencias por el servicio de gestión, manejo y recolección de desechos sólidos de los meses de noviembre y diciembre de 2022 e igualmente enero hasta mayo de 2023, con el IVA de cada uno de esos meses.

    Y su deuda es de CINCUENTA Y CINCO MIL SETENTA Y NUEVE CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 55.079,34), el cual conforma el doble del monto demandado, más el 20% por concepto de costas procesales, esto es la cantidad de CINCO MIL QUINIENTOS SIETE CON NOVESCIENTOS TREINTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 5.507, 934), cuya sumatoria resulta en la cifra de SESENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA Y SIETE CON DOSCIENTOS SETENTA Y CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 60.587,274); con el entendido que si la medida de embargo recae sobre cantidades liquidas de dinero, será hasta cubrir la cantidad de TREINTA Y TRES MIL CUARENTA Y SIETE CON SEISCIENTOS CUATRO CENTIMOS DE BOLIVARES (Bs. 33.047,604), el cual constituye el monto demandado más el 20% por costas procesales conforme al artículo 648 eiusdem.

    La única que ha logrado hasta ahora salvar el embargo de bienes es la empresa Star Motors.

    El tribunal decidió que en fuerza de todos los argumentos antes expuesto y acordada como ha sido la caución como eficaz y suficiente dada por la parte demandada la sociedad mercantil REPUESTOS STAR MOTOR`S C.A. de conformidad con lo previsto en el artículo 589 del Código de Procedimiento Civil en relación con los artículos 586 y 585 ejusdem (sic), se SUSPENDE la MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO sobre Bienes Muebles Propiedad de la dicha parte accionada la sociedad mercantil REPUESTOS STAR MOTOR`S C.A. (antes identificada) Decretada por decisión de fecha 17 de Abril de 2.023, en el presente juicio de cobro de bolívares por el procedimiento de Intimación…”, ejerciendo recurso de apelación la abogada Emperatriz Bellorín, en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora, procediendo quien aquí suscribe a Inhibirse del conocimiento de la misma conforme a lo previsto en el ord. 15º del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, versa sobre una segunda caución ofrecida por la parte accionada por la misma cantidad, a saber, cuatro mil ciento noventa y cinco Bolívares con ochenta y seis céntimos (Bs. 4.195,86), cuya acta, ordenó agregar en copia certificada.

    El total de bolívares que deben cancelar las empresas que no lograron salvar el escollo del embargo es de  1.297.593 bolívares.

    Otros detalles

    Hasta ahora nadie conoce el contrato suscrito entre el alcalde de Caroní Tito Oviedo y la empresa Fospuca. Pero eso no fue  óbice para que los tribunales sentenciaran.

    Ese ha sido la solicitud de varios actores de la sociedad civil y de varios organismos gremiales que agrupan a empresarios y comerciantes.

    Los concejales de oposición en la alcaldía de Caroní, representados por una dirigente de AD y otra de Primero Justicia, no se han visto precisamente muy activas en el tema de la defensa de los derechos de los ciudadanos, así sean empresarios o comerciantes. Y los del Psuv mucho menos. Pero es que no lo han hecho ni para dimisular.

    Los gremios con la Cámara de Comercio e Industrias de Caroní, primero bajo la gestión de Catherine Wilson y luego del nuevo presidente; o la de Biesur, o Fedecámaras estuvieron un tiempo haciendo cierta presión hasta que consiguieron que la empresa les diera ciertas concesiones a ellos como directivos y/o representantes gremiales.

    Estos directivos  a su vez trataron de convencer a los afiliados de la importancia de aceptar las condiciones de Fospuca, en vez de como indica la lógica política y empresarial, presionar a la alcaldía de Caroní y a los concejales, quienes teóricamente fueron electos para representar los intereses de la colectividad, para que mejoraran las tarifas y las formas de pago.

    Al final la alcaldía de Caroní permitió que un privado, en este caso Fospuca, decida quien tiene y quien no tiene acceso a la página de la alcaldía a través de la cual se cancelan los impuestos municipales porque si los empresarios y/o comerciantes no cancelan las tarifas de Fospuca no pueden acceder al pago de los impuestos, por lo tanto el afectado termina debiendo impuestos municipales, servicios y a Fospuca.

    Ahora se pregunta uno: ¿Le interesa a Fospuca quedarse con todas esas empresas embargadas? ¿Eso es conveniente para los gremios empresariales, que se acaben las empresas por la vía de los embargos? ¿Y el gobierno qué dice de esto, sobre todo ahora que se van a unas elecciones presidenciales?

    En fin quienes dirigen cualquier cosa en Ciudad Guayana, sea gremio, sociedad civil, o cualquier sector no sorprenden. Siguen actuando como siempre lo han hecho: Cada quien jala la brasa para su pescado y después se extrañan de que hayamos tenido los gobernadores que hemos tenido y los alcaldes.

    Al final es un problema de autoestima. Por no decir otra cosa.

    Como positivo hay que admitir que Fospuca acabó con el reinado del Rey Zamuro, que gracias a la nefasta gestión del alcalde Tito Oviedo, se había convertido en el ave local de Ciudad Guayana pues era absolutamente normal verla en todos lados.

    Y seguro que el alcalde Oviedo, sólo quiso hacerle un favor a la comunidad, porque se ha determinado científicamente que allí donde hay zamuros no hay enfermedades ¿O acaso alguien ha oido hablar de enfermedades en los zamuros?

    Carmen Carrillo

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